Aunque
durante meses las autoridades de la SEP se negaron a entrar en el tema,
ante la insistencia del movimiento de rechazados (el MAES) finalmente
hace algunas semanas aceptaron que la modificación que convierte en
derecho constitucional la educación de nivel medio superior planteaba la
necesidad de cambios importantes en los términos en que se da el acceso
de los jóvenes a este nivel educativo. Aceptaron, además, dialogar
sobre las implicaciones que traería para el procedimiento de ingreso y,
en los hechos, aceptaron también que las reglas del concurso de
selección (
examen único) establecidas desde 1996-1997 para el ingreso a los planteles del bachillerato en la zona metropolitana de la ciudad de México (ZMCM) ya no son compatibles con la modificación constitucional.
Así, se discutieron los argumentos de por qué a partir de este año no
podía seguirse utilizando el examen de una agencia privada diseñado
expresamente para seleccionar a quienes debían tener preferencia en el
ejercicio del derecho de acceso a la educación; por qué con base en ese
mismo examen no debía excluirse a miles de la educación pública; por qué
no podía seguirse asignando coercitivamente a los jóvenes a escuelas no
deseadas (generalmente técnicas), y por qué, dado que este nivel
constitucionalmente se convertía en gratuito, tampoco correspondía
cobrar por la solicitud a ingresar a un plantel, o por colegiaturas y
gastos de inscripción (estos argumentos se detallan en http://aspirantesexcluidos.blogspot.mx/2012/07/derecho-la-educacion-en-el-nivel-medio.html).
En la discusión, las autoridades reconocieron y a regañadientes
aceptaron que se había dado un cambio importante y aceptaron también los
planteamientos de los rechazados aunque defendieron la educación
técnica y al aceptar que no podía seguir existiendo un examen de
selección sugirieron, sin embargo, como necesario un examen
de distribución, sin considerar que cualquier examen que busque diferenciar entre los sustentantes termina distribuyéndolos de tal manera que se da preferencia a unos respecto de otros en las escuelas más demandadas (y con esto se contradice el principio de igualdad en el ejercicio de un derecho). Aceptaron también que el plazo de 2021 sólo se refiere a la cobertura universal pero que no constituye una moratoria en la aplicación de los nuevos criterios de admisión hasta aquella fecha. Este encuentro fue aún más valioso porque abrió paso a que decenas de jóvenes con problemas de acceso al bachillerato pudieran hacer valer plenamente su derecho a este nivel educativo. Así, pudieron ingresar a la educación media superior jóvenes que no se habían registrado para el ahora innecesario concurso de selección, que no habían presentado el examen discriminatorio del Ceneval o de la UNAM, o que no cumplían con el ilegal requisito de obtener al menos 31 aciertos, así como otros más a quienes se permitió acceso a la institución que buscaban (con excepción de los casos de la UNAM y el IPN, que se resistieron). Se aceptó también de palabra y hecho que por ser impartido por el Estado este nivel de educación ahora debía ser gratuito, aunque, con la intención de seguir cobrando, las autoridades recordaron la existencia del concepto de
donaciones(Ley General de Educación, art. 6), aunque, por cierto, ahí mismo se señala que éstas aportaciones son voluntarias pues no pueden entenderse
como contraprestaciones del servicio educativo. Con la reiterada referencia a esta ley, además, quedó clara su validez para interpretar el significado del cambio constitucional 2012.
Con todos estos elementos, es posible decir que hoy existe un
contexto nuevo y que éste contribuye a la lucha que por el derecho a la
educación desde 1996-1997 han llevado a cabo padres de familia,
demandantes, estudiantes y trabajadores de la educación. Desde entonces
se han empeñado en remover los artificiales obstáculos al acceso a la
educación –como los exámenes restrictivos– que contribuyen decisivamente
a que México siga siendo uno de los países con más baja cobertura en
América Latina. La modificación constitucional constituye un argumento
toral para convertir al acceso a la educación media superior en un
procedimiento fincado en los derechos humanos, pero lo es también el
importante precedente que se ha establecido al aplicar desde ahora esta
modificación en el caso de un grupo de jóvenes. Con esto el derecho no
sólo está en la letra sino que se ha demostrado que es perfectamente
posible traducirlo a la realidad y dar así en el futuro un lugar a las
decenas de miles de jóvenes que cada año, con el examen único y sólo en
la ZMCM, quedan excluidos de la educación pública. Por supuesto quedan
cuestiones concretas por resolver, pero el movimiento de rechazados ha
planteado la necesidad de abrir ya desde ahora el debate para evitar
–para los jóvenes, pero también para instituciones como la UNAM y el
IPN– que se impongan interpretaciones autoritarias que restrinjan el
derecho de los demandantes y aíslen o involucren a éstas últimas en un
conflicto futuro.
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